¿Qué se entiende por Canal Ético?
El buzón que permite recepcionar de manera confidencial con un sencillo formulario, las actividades y conductas potencialmente irregulares de las que se tenga conocimiento, contrarias a las normas tanto externas como internas de la empresa o entidad pública, recogidas en sus protocolos y códigos de conducta.
¿A quién obliga?
La Ley 2/2023 que regula la protección de las personas que informen sobre infracciones que vulneren el ordenamiento europeo y nacional y, en consecuencia, que contribuyan a la lucha contra la corrupción que traspone la Directiva (UE) 2019/1937 (whistleblowing) hace obligatorio el “canal de denuncias” para todas las entidades del sector público, incluidas todas las entidades locales con independencia del tamaño, así como para las entidades jurídicas del sector privado que empleen a más de 50 trabajadores; y para partidos políticos, sindicatos, patronales y fundaciones creadas por unos y otros, siempre que reciban o gestionen fondos públicos.
¿Qué pasa si no cumplo?
Se sancionará la comunicación o revelación pública de información de infracciones del ordenamiento jurídico a sabiendas de su falsedad. El procedimiento sancionador contempla multas que oscilan entre los 1.001 y los 300.000 euros, en el caso de personas físicas; y los 100.000 y el millón de euros, en el caso de las personas jurídicas.
Además en el caso de infracciones muy graves no podrás acceder a subvenciones o beneficios fiscales durante un plazo de 4 años ni contratar con el sector público durante un plazo de 3 años.
La norma contempla un detallado régimen sancionador para las acciones u omisiones que limiten los derechos y garantías introducidos en esta ley, especialmente las orientadas a obstaculizar, impedir, frustrar o ralentizar las informaciones.
¿Qué plazo tengo?
La Ley 2/2023 de protección de denunciante obliga a organizaciones públicas y privadas en un plazo de 3 meses desde la entrada en vigor, es decir 13 de junio de 2023, a tener implantando un sistema interno de información o “canal de denuncias” para reportar posibles prácticas irregulares.
Como excepción, las entidades del sector privado con 249 trabajadores o menos y municipios de menos de 10.000 habitantes, tendrán plazo hasta el 1 de diciembre de 2023.